Levantamiento de decretos de embargos en vehículos
Problemática detectada: Los decretos de embargos en los vehículos son comunes como producto de procesos de cobro judicial, sin embargo, no es tan común que los vehículos sean capturados o rematados en razón de éstos decretos. A los propietarios se les dificulta poder vender un vehículo en éstas condiciones, pues el decreto persigue al bien aunque éste sea traspasado. Muchas veces los decretos pueden ser levantados y los dueños no lo saben. A continuación detallamos:
¿Cuándo se pueden levantar los decretos de embargos en bienes muebles?
Por mandamiento judicial: Si el proceso de cobro se dio por terminado por acuerdo entre las partes o bien por pago de la deuda, el juzgado de cobro ordena el levantamiento de los embargos.
Por caducidad: Los decretos de embargo sobre vehículos caducan de pleno derecho a los cuatro años. Por lo tanto, se puede solicitar el levantamiento en escritura pública previa a cualquier traspaso que se vaya a realizar sobre el vehículo o bien en la misma escritura donde el vehículo se traspase. Los registradores tienen potestad para levantar de oficio los decretos de embargo caducos al inscribir títulos nuevos, sin embargo es mejor solicitar el levantamiento expresamente.
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Escrito por Yanori Morera Campos-Abogada
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